El plazo de presentación de solicitudes del programa de turismo del Imserso para la temporada 2019/20 fue desde el 25 de junio de 2019 hasta el miércoles 10 de julio de 2019, ambos inclusive. Para más información consulte en la web del IMSERSO a través del enlace www.imserso.es.
Para poder acreditarse en el Programa de Turismo del IMSERSO, se deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:- Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones. - Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad. - Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad. - Ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad. - Ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado. - Poder valerse por sí mismos y no padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia. También se consideraran beneficiarios, en calidad de acompañantes, los cónyuges, parejas de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad y pensión. Asimismo, podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, con grado de minusvalía igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación. Igualmente podrán participar en el Programa los españoles residentes en el exterior que reúnan cualquiera de los requisitos exigidos anteriormente. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, presentarán la solicitud y serán seleccionados por las Consejerías de Empleo y Seguridad Social. Para más información sobre los requisitos para solicitar acreditación puede consultar la página web del IMSERSO, www.imserso.es
Se admitirá como acompañante a un hijo/-a con discapacidad, que tenga una minusvalía igual o superior al 45%, siempre que el viaje lo realice con sus padres y ocupe una cama supletoria en la misma habitación del hotel. También viajan en calidad de acompañantes, los cónyuges, parejas de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal aunque no reúnan los requisitos de edad y pensión. Todos las personas acompañantes deben estar acreditados/-as previamente por el IMSERSO para poder viajar.
Significa que usted puede reservar su viaje a partir de la fecha indicada en la carta de acreditación que le ha enviado el IMSERSO, para uno de los destinos que tiene asignados, en las fechas en que haya plazas disponibles.
A partir de dos días laborables después del inicio de ventas en su Comunidad Autónoma, puede reservar más viajes, eligiendo cualquiera de los destinos, estancias y fechas en las que haya plazas disponibles.
El criterio para adjudicar las acreditaciones lo establece el IMSERSO, en función de un baremo en el que intervienen varios factores: edad del o la solicitante, renta y participación en temporadas anteriores, pertenencia a familia numerosa. Para más información sobre este aspecto, el IMSERSO pone a disposición de los usuarios/-as un número de teléfono: 901 109 899.
Las plazas de Turismo de Interior, son las más solicitadas entre las personas usuarias del programa y han de repartirse entre las personas acreditadas que las solicitan de las 50 provincias y dos ciudades autónomas españolas. El criterio para adjudicar las acreditaciones entre las personas solicitantes lo establece el IMSERSO, en función de un baremo en el que intervienen varios factores: edad de la persona solicitante, renta y participación en temporadas anteriores, pertenencia a familia numerosa. Para más información sobre este aspecto, el IMSERSO pone a disposición del usuario/-a un número de teléfono: 901 109 899 y su página web, www.imserso.es.
Para cambiar la ciudad de residencia, algún error en su nombre o apellidos o en el número de DNI, debe dirigirse al IMSERSO, llamando al 901 109 899. Para modificar su número de teléfono, su dirección de email o su dirección postal dentro de la misma localidad, puede hacerlo a través de nuestro portal, www.turismosocial.com. Para ello, debe acceder a la zona de ‘¿Estoy acreditado?’, introduciendo su DNI y después su clave de acreditación, de cuatro cifras. Cuando aparezcan sus datos, sólo tiene que modificarlos y guardar los cambios.